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Infografías

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Guía de Derechos y deberes para Comparecientes en la JEP

¿Qué encontrar en la guía?

Algunas definiciones y precisiones sobre figuras jurídicas e instrumentos aplicables en la jurisdicción, que buscan informar y orientar sobre lo que significa ser compareciente y los derechos y deberes que ello conlleva, para satisfacer los derechos de las víctimas, contribuir a la construcción de La Paz y mantenerse como comparecientes; como por ejemplo:

¿Qué es un compareciente?

Hace referencia a la calidad que adquiere la persona cuando la jurisdicción asume que el caso es de su competencia, por tratarse de personas que participaron o se presume que participaron en el diseño o la ejecución de delitos relacionados con el conflicto armado colombiano.

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Bienes extintas FARC

Pastor Alape, integrante del Partido “Comunes”, impetró en julio de 2021 una medida cautelar de “Suspensión de las obligaciones que el Gobierno Nacional le impuso a la extinta GAO-FARC-EP en la elaboración de un Inventario de bienes; así como, tenerlas bajo custodia hasta que se cumpla con la entrega material de
los mismos como acto de reparación”. Por ello, solicitó revisión de las siguientes disposiciones: 1°. El Decreto 903 de 2017 y; 2°. El artículo 4° del Decreto 1407 de 2017 [alusivo a la Entrega material por parte de los exintegrantes del GAO-FARC-EP] siendo modificado por el artículo 1° del Decreto 205 de 2020. Plazo máximo: 31 de Diciembre de 2020.

Razones: 1°. El imponer la obligación de realizar el Inventario, su cuidado y entrega material de los bienes, va más allá de los compromisos asumidos por los desmovilizados en el Acuerdo Final de Paz. 2°. El Gobierno Nacional desbordó sus competencias y desatendió el deber de cumplir de buena fe el mentado Pacto.

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Máximos Responsables

La JEP sentó un importante precedente sobre quiénes pueden ser considerados como los ‘máximos responsables’ de los delitos más graves y representativos del conflicto armado colombiano al resolver un recurso de apelación interpuesto por un ex miembro de la Fuerza Pública condenado en calidad de cómplice por el homicidio de una persona protegida.

Así lo dio a conocer la Sección de Apelación al resolver el recurso del cabo retirado del Ejército que solicitaba su excarcelación luego haber sido condenado en el año 2017 en un proceso adelantado por parte de la justicia ordinaria y quien fue admitido por la JEP en de octubre de 2018. El exintegrante del Ejército solicitó la renuncia a la persecución penal en primera instancia ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el 8 de noviembre de 2019 le fue negado negado ese tratamiento al considerar que la condena se había impuesto por
la comisión de “un crimen grave sobre el cual debía pronunciarse primero la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR).

Audiencia de reconocimiento Caso 003

El 26 y 27 de abril de 2022, en Audiencia Pública de Reconocimiento realizada en la ciudad de Ocaña (Norte de Santander), 11 miembros de la Fuerza Pública (Ejército Nacional y 1 civil), reconocieron verdad y responsabilidad como máximos responsables de “asesinatos y desapariciones forzadas”, conductas que les había imputado la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) a través del Auto No. 125 de 2021.

Caso 06

A través del Auto 75 del 2022, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los hechos y conductas (SRVR) de la JEP determinó que 5.733 personas fueron asesinadas o desaparecidas en ataques dirigidos contra el partido político Unión Patriótica (UP) entre 1984 y 2016 y en consecuencia priorizó la investigación dentro del Caso 06 – Victimización de miembros de la Unión Patriótica.

Centro de Altos sobre la Jurisdicción Especial para La Paz

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