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Año2024Autor(a)Gendiyi Dalel SastoqueShare

Modelo boletín definitivo

Retomando la conclusión propuesta en la Revista el Defensor #15, se tiene que:

La renuncia a la acción penal por parte del Estado, es un mecanismo del SI- VJRNR, que otorga tratamiento penal especial y diferenciado a los agentes del Estado y de cuya aplicación derivan consecuencias similares a las de la amnistía e indulto en la definición de la situación jurídica, de manera garante y favorable para su destinatario; lo que además corresponde a una forma de terminación del proceso.

En esta oportunidad, para profundizar en el análisis de la renuncia a la persecución penal (RPP), se abordará la sentencia TPSA-RPP No. 230 de 2021, mediante la cual la Sección de Apelación del Tribunal Especial para la Paz (SA), clarificó las modalidades de RPP previstas en el ordenamiento transicional explicando que son tres. En primer lugar, se refirió a que se trata de un instrumento de justicia transicional

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